Empresas con obligaciones pendientes de pago

A partir de dic/20 las empresas que mantengan deuda con BPS no podrán ingresar las declaraciones nominadas, se les exigirá regularizar su situación en forma previa. El Banco de Previsión Social (BPS) informa que a partir de diciembre de 2020 las empresas que mantengan adeudos pendientes de pago no podrán ingresar la declaración nominada a través del servicio Declaración nominada: presentar nóminas, rectificativas y deducciones. Esta situación alcanza a quienes tienen saldos deudores por los tres meses anteriores al mes de cargo de la nómina a presentar. Ante esta situación para habilitar la presentación de la declaración en línea, las empresas deben, en forma previa, regularizar estos adeudos mediante el pago contado o la firma de facilidades de pago, o en su defecto, presentar las correspondientes declaraciones juradas de no pago (DJNP) las que deberán remitirse con firma electrónica a través del servicio en línea Ingresar Declaración Jurada de No Pago. Las consultas se canalizan a través del servicio Consúltenos, en donde se...
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Exoneración de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social para cantinas escolares y empresas de transporte escolar

A través del decreto 279/020 se exonera de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social para las cantinas escolares y empresas de transporte escolar entre el 01/04/2020 y el 31/03/2021. La exoneración de las cantinas escolares fue dispuesta el decreto 279/020 del 15/10/20. Para acceder a la misma es necesario realizar solicitud de exoneración ante el BPS. La exoneración de las empresas de transporte de escolares fue dispuesta en el decreto 259/020 del 18/02/20. Cuando la empresa tiene como único giro "transporte escolar", la exoneración es generada de oficio por BPS. Cuando la empresa tiene varios giros y siendo el principal "transporte escolar" se requiere realizar solicitud de exoneración ante el BPS para acceder al beneficio....
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Exoneración a empresas dedicadas a la organización de fiestas y eventos

La ley número 19.913 del 30/10/2020 habilita al Poder Ejecutivo a exonerar los aportes patronales de seguridad social a las empresas con local dedicadas a la organización y realización de fiestas y eventos, agencias de viaje, empresas organizadoras y proveedoras de congresos y ferias nacionales e internacionales, así como a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones....
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